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HUELGA JUDICIAL SUSPENDE EL PLAZO DE CADUCIDAD PARA INTERPONER DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

La Corte Suprema en la Casación Nº 13637-2013-HUANCAVELICA publicada el 01 de febrero de 2016 en el Diario Oficial El Peruano (p. 74091) señala que el plazo de caducidad para interponer una demanda contenciosa administrativa se suspende durante la huelga del Poder Judicial, siendo que en caso de duda debe aplicarse el principio de favorecimiento del proceso. Igualmente indica, que si bien dicho criterio fue establecido por el Tribunal Constitucional para los procesos de amparo, nada impide que por analogía se aplique para los procesos contencioso administrativos.   Sin embargo nos queda una interrogante: en los procesos de amparo el plazo para interponer la demanda se establece en días; y en los el proceso contencioso administrativo, en meses. ¿Es igual el cómputo de plazos en días que en meses?     Vigésimo.- Que, si bien tal razonamiento está referido al proceso de amparo, este Colegiado Supremo precisa que no existe inconveniente en hacerlo extensivo...

LA CORTE SUPREMA SEÑALA QUE LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA A NIVEL DOCTRINAL COMPRENDE TRES ETAPAS

La Corte Suprema en la Cas. Nº 2285-2012-Tacna publicada el 01/02/2016 (Pg. 74033) determina que el derecho constitucional a la tutela jurisdiccional efectiva abarca otros derechos expresamente señalados o implícitamente deducidos de aquel; siendo que a nivel doctrinal comprende tres etapas:   ·          el acceso a los órganos jurisdiccionales, ·          el cumplimiento de las normas y derechos que regula el debido proceso, y ·          el de la ejecución de la resolución obtenida.   En la misma resolución se refiere a la posesión precaria la que se caracteriza por:   ·          Ser ilegítima ·          Ser contraria al orden público, los principios y las buenas costumbres en perjuicio del titular del derecho y la sociedad misma; ya que se est...

PRIMER PLENO JURISDICCIONAL EN MATERIAS CONSTITUCIONAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

La Corte Suprema publicó en el Diario Oficial El Peruano el martes 2 de febrero de 2016 (Pg. 7381), el Primer Pleno Jurisdiccional en materias Constitucional y Contencioso Administrativa. En el mismo se trataron tres temas:   1. La identificación de las normas objeto de control en los procesos de acción popular;   2. El ejercicio jurisdiccional del control difuso en autos y sentencias;   3. La prórroga de competencia en procesos contencioso administrativos.   Para los dos primeros puntos, el Pleno determinó criterios puntuales a ser aplicados por los magistrados.       I PLENO JURISDICCIONAL EN MATERIAS CONSTITUCIONAL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA SALAS DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SOCIAL   En la ciudad de Lima, los días 2 y 10 de diciembre de 2015, se reunieron los Jueces Supremos integrantes de la Salas de Derecho Constitucional y Soci...

EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA IDENTIDAD Y LA IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD PESE A HABER VENCIDO EL PLAZO PARA ELLO: VERDAD BIOLÓGICA VS VERDAD LEGAL

La Corte Suprema en la Casación Nº 1303-2013-San Martín (publicada en el Diario oficial El Peruano   el 30 de diciembre de 2015, Pg. 73161) ha determinado que en ciertos casos es posible la impugnación   de la paternidad por el hijo pese al vencimiento, con exceso, del plazo para ello, por cuanto la verdad biológica se impone a la legal, debiendo considerarse al efecto el derecho constitucional a la identidad desde su perspectiva dinámica y estática.     CAS. Nº 1303-2013 SAN MARTÍN Impugnación de Paternidad. Derecho a la Identidad: En algunos casos, a pesar del fenecimiento del plazo de impugnación, la verdad biológica debe imponerse a la verdad legal, mas para que ello proceda deben existir situaciones especiales límites que el juez debe analizar de forma rigurosa, a fin de fundamentar las razones que permitan desoír el mandato legal por asuntos de infracción al orden constitucional, por consiguiente, cuando se objeta la identidad...