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Mostrando entradas de mayo 24, 2015

PARA LA JUBILACIÓN MINERA COMPLETA POR QUIENES PADECEN DE NEUMOCONIOSIS, A FIN DE DETERMINARSE LA FECHA DE LA CONTINGENCIA, DEBE CONSIDERARSE EL CUMPLIMIENTO DE LA EDAD

  La Corte Suprema en la Casación Nº 820-2014 Lima (publicada el 30 de abril de 2015 en el Diario Oficial, Pg. 62007), considera que para efectos de jubilación minera completa por quienes padecen de neumoconiosis, a fin de determinarse la fecha de la contingencia, debe considerarse el cumplimiento de la edad requerida sin el requisito de años de aportación mínimo. Igualmente señala que, respecto a la aplicación de la Ley Nº 23908, en relación al cálculo de la pensión de jubilación, que en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en el fundamento 34) de la Sentencia Nº 1417-2005AA/TC, señaló que el derecho a la pensión es un derecho fundamental de configuración legal y el derecho al reajuste de pensiones es un derecho que tiene dicha naturaleza, pero que no constituye parte del contenido esencial del derecho a una pensión.   CAS. Nº 820-2014 LIMA Otorgamiento de pensión por jubilación minera completa. PROCESO ESPECIAL. Sumilla: En el presente caso para e...

LA MOTIVACIÓN ESCRITA DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES COMO PRINCIPIO Y DERECHO DE LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL

La Corte Suprema de la República en la CAS. Nº 4282-2013 (publicada el 30 de abril de 2015 en la Pg. 61870 en el Diario Oficial) se refiere a la motivación de resoluciones judiciales considerándola además como un principio y un derecho de la función jurisdiccional, consecuencia del razonamiento jurídico del juez de acuerdo a los hechos probados en el procedimiento.   CAS. Nº 4282-2013 LA LIBERTAD OBLIGACIÓN DE DAR BIEN MUEBLE. SUMILLA.- La motivación escrita de las resoluciones judiciales constituye un principio y un derecho de la función jurisdiccional, y debe ser el resultado del razonamiento jurídico que efectúa el juzgador sobre la base de los hechos acreditados en el proceso (los que forman convicción sobre la verdad de ellos) y la aplicación del derecho objetivo. Lima, diecinueve de noviembre de dos mil catorce.- LA SALA CIVIL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA; Vista la causa número cuatro mil doscientos ochenta y dos – d...