JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DETERMINA QUE BONIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 184 DE LA LEY 25303 CORRESPONDE A QUIENES CUMPLIERON CON EL ASPECTO TERRITORIAL Y EL TEMPORAL
La Corte Suprema determinó en la Casación Nº 16028-2014 Ucayali publicada el 31 de octubre de 2016 en el Diario Oficial, que la bonificación diferencial a que se refiere el artículo 184 de la Ley Nº 25303 corresponde a quienes cumplieron con dos requisitos: uno temporal (vigencia del Art. 184 de la Ley Nº 25303 y Art. 4 del D.L. Nº 25807) y otro territorial (laboren en zonas rurales y urbano – marginales); siendo que si no laboró en zona rural o urbano marginal y durante el tiempo de vigencia de la disposición, no le corresponde la bonificación del 30%: Undécimo .- Que, el artículo 184° de la Ley N° 25303, debe interpretarse teniendo en cuenta dos aspectos, el temporal y el territorial. El aspecto territorial se refiere a que tiene este derecho aquellos servidores que laboren en zonas rurales y urbano – marginales; mientras que el aspecto temporal tiene relación con la vigencia de la norma, la misma que promulgada el 18 de enero de 1991, prorrogada para 1992 por e...