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Mostrando entradas de julio 7, 2016

LA MOTIVACIÓN COMO GARANTÍA CONSTITUCIONAL EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA

La Corte Suprema en la Cas. Nº 5603 publicada el 30 de junio de 2016 en el Diario Oficial (p. 78593) continuando con la línea jurisprudencial del Tribunal Constitucional, remarcando que la motivación es una garantía esencial consagrada a nivel constitucional, cuyo contenido es valorativo y lógico:   Tercero.- Que, una de las reglas esenciales que componen el derecho fundamental al debido proceso, lo constituye la motivación de las resoluciones judiciales , recogida expresamente dada su importancia en el inciso 5) de la Constitución Política del Estado; derecho – principio sobre el cual la Corte Suprema en la Casación Nº 2139-2007- Lima, publicada el 31 de agosto de 2007, fundamento sexto, ha establecido lo siguiente: “(...) además de constituir un requisito formal e ineludible de toda sentencia constituye el elemento intelectual de contenido crítico, valorativo y lógico, y está formado por el conjunto de razonamientos de hecho y de derecho en los que el magistrado ampara...