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Mostrando entradas de abril 7, 2015

SEGÚN TRIBUNAL CONSTITUCIONAL NO CORRESPONDE REPOSICIÓN DE TRABAJADOR BAJO EL RÉGIMEN PRIVADO SI INICIÓ LABORES EN EL RÉGIMEN CAS Y LUEGO CELEBRÓ CONTRATO CIVIL REALIZANDO LAS MISMAS LABORES

    El Tribunal Constitucional, continuando con su reiterada jurisprudencia, en la STC recaída en el Exp. Nº 01041-2013-PA/C publicada en su portal el 17/03/2015 se pronuncia sobre el caso de un trabajador que fue contratado bajo el régimen CAS (D. Leg. Nº 1057) y posteriormente celebró un contrato civil, pero realizando las mismas labores anteriores; por lo que el TC concluye que el contrato civil encubría un contrato CAS, consecuentemente tal situación no da lugar a que se le reponga bajo el régimen del D.S. Nº 003-97-TR; sino que se le aplique las normas del Régimen CAS el cual se habría prorrogado automáticamente al haberse terminado su relación laboral sin que se presente alguna de las causas de extinción del contrato administrativo de servicios, por lo que el demandante tiene derecho a percibir la indemnización determinada por el D.S. Nº 075-2008-PCM modificado por el Decreto Supremo 065-2011-PCM:       EXP. N.° 0104...