SÍNTESIS DE LOS PRECEDENTES VINCULANTES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (08/2014 AL 11/2015)
Desde la composición del actual Tribunal
Constitucional (años 2014 al 20 de noviembre de 2015); el Tribunal Constitucional
peruano ha dictado precedentes vinculantes contenidas en cuatro sentencias (en
orden de expedición):
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STC
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REFERIDO A
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ENLACE
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1
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STC N° 00987-2014-PA/TC
caso Vásquez Romero (publicada en El Peruano el 29/08/2014)
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Consagra la Sentencia Interlocutoria
Denegatoria.
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2
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STC Nº
05057-2013-PA/TC caso Rosalía Beatriz Huatuco Huatuco (publicada en El
Peruano el 05/06/2015)
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Determina que en los amparos seguidos en
contra la Administración Pública, en los que se haya demandado la reposición
a plazo indeterminado por desnaturalización de un contrato temporal o
contrato civil regulados en base al Art. 4 del TUO del Decreto Legislativo
728; deberá necesariamente determinarse que se haya efectuado el respectivo
concurso público de méritos en relación a la plaza presupuestada y vacante de
duración indeterminada, para que sea factible ordenar la reposición, no
eliminando la reposición como forma de reparación contra el despido
arbitrario.
“2. Establecer como PRECEDENTE VINCULANTE,
conforme al artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal
Constitucional, las reglas contenidas en los fundamentos 18, 20, 21, 22 y 23
de la presente sentencia”.
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3
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STC Nº 02383-2013-PA/TC
caso Elgo Ríos Núñez del 12/05/2015 (publicada en El Peruano el 22/07/2015)
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En el que se indica que la vía
ordinaria será "igualmente satisfactoria" a la vía del proceso
constitucional de amparo, si en un caso concreto se demuestra, de manera
copulativa, el cumplimiento de determinados requisitos en él establecidos:
“3. Establecer como
PRECEDENTE, conforme al artículo VII del Título Preliminar del Código
Procesal Constitucional, las reglas contenidas en los fundamentos 12 al 15 y
17 de esta sentencia”.
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4
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STC Nº
04968-2014-PHC/TC del 04/11/2015 caso Alejandro Toledo Manrique (publicada en
El Peruano el 08/11/2015)
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Sobre investigación parlamentaria:
“3. Establecer como PRECEDENTE VINCULANTE,
conforme al artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal
Constitucional, las reglas contenidas en los fundamentos 21 (segundo
párrafo), 23 (segundo párrafo), 33, 42 (párrafo final), 45 (tercer párrafo),
49 (segundo párrafo), 55 (párrafo final), 63 (primer párrafo), 67, 82 (primer
párrafo), 83 (primer párrafo) y 90 (primer párrafo), incluso para los
procedimientos y procesos en trámite”.
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20 de noviembre de 2015