TRATÁNDOSE DE LA SOLICITUD DE REINGRESO A LA CARRERA DEL PROFESORADO RESULTA DE APLICACIÓN LA LEY Nº 29062 POR SER LA NORMA VIGENTE A LA FECHA LA SOLICITUD
La Corte Suprema en la Casación Nº 68-2015 Lambayeque –publicada el 31 de octubre de 2016 en la p. 83634- estableció que tratándose de una solicitud de reingreso a la Carrera Pública del Profesorado resulta aplicable la Ley Nº 29062 por ser la disposición que se encontraba vigente a la fecha de presentación de las solicitud y no la Ley Nº 24029: Décimo Segundo : Siendo así, corresponde señalar que en el presente caso es de aplicación la Ley Nº 29062, por ser la norma que se encontraba vigente a la fecha en la que el demandante presentara su solicitud de reingreso a la docencia (06 de mayo del 2009) y debido a que no se encuentra comprendido en la excepción contemplada en la Décimo Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final del reglamento de dicha norma, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2008-ED, para la aplicación de la Ley Nº 24029, al limitarse ésta, a los profesores que a la fecha de la dación de la Ley Nº 29062, laboraban bajo la norma anterior. Supuesto ...