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EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA PROCESAL COMO PARTE DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO

EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA PROCESAL COMO PARTE DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO En la Casación Nº 2599-2014-Tumbes publicada en marzo de 2017 en el Diario oficial la Corte Suprema sostiene que el principio de congruencia procesal implica “ l a obligación de las resoluciones a cumplir con la adecuación, correlación o armonía entre las peticiones de tutela efectuadas por las partes y lo que se decide en el fallo emitido, de modo que, si no ocurre así, la resolución estará viciada de incongruencia por omisión de pronunciamiento, como ha ocurrido en el presente caso, afectándose con ello decididamente el derecho al debido proceso del demandante… ”.     CAS. Nº 2599–2014 TUMBES SUMILLA : “...es evidente que las alegaciones del recurso de apelación, en general, tenía como horizonte que el Tribunal de mérito se pronuncie por el fondo de la controversia, los cuales fueron irrazonablemente prescindidos por el Colegiado Superior, incorporando inclusive u...